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Casi
dos décadas de experiencia en la instalación de elevadores y de sillas salvaescaleras en Santa Cruz de
Tenerife nos avalan para responder muchas de las dudas que nos plantean algunos
de nuestros clientes sobre la normativa de accesibilidad en los ascensores para
las personas con movilidad reducida. Vamos a aprovechar este espacio para
contarte algunas de las características principales que deben cumplir elevadores
y ascensores para ser considerados “accesibles”.
En primer lugar debemos hablar de las dimensiones de la cabina. A todos nos ha
tocado en alguna ocasión entrar en un elevador excesivamente estrecho. Para ser
considerado accesible, en la cabina deben poder entrar, al menos, la persona
que va en la silla de ruedas y un acompañante. Para eso la normativa establece
que las medidas mínimas deben ser de 140 x 110 cm aunque estas medidas dependen
también del número de puertas que tenga el ascensor y de cuál sea su posición. Si
el ascensor consta de dos puertas y éstas están situadas en un ángulo de 90
grados, la silla de ruedas debe tener espacio suficiente para poder girar
cómodamente.
Otro factor importante para poder calificar un elevador como accesible es que
la altura de los botones no supere los 120 cm y que la información de los
diferentes pisos aparezca también en Braille para que pueda ser leída por
invidentes. Cuando se trata de la instalación de elevadores o de sillas salvaescaleras en Santa Cruz de
Tenerife, hay que pensar también en facilitar la accesibilidad de las
personas con dificultades en la visión y que no coloquemos obstáculos que
puedan dificultar su acceso.
Desde el blog de Elevadores Canarias
volveremos en próximos artículos a tratar de las características que debe
cumplir un ascensor accesible.